El Artículo 40 de la Providencia Administrativa 0071 del SENIAT establece que las facturas y documentos fiscales no utilizados deben ser destruidos previa autorización de la Gerencia Regional de Tributos. Esta disposición aplica especialmente cuando se realiza una migración a un nuevo sistema de emisión de facturas, garantizando el control y transparencia en el manejo de documentos fiscales.
La destrucción debe hacerse bajo supervisión para evitar uso indebido o duplicidad.
La destrucción o inutilización de facturas ante el SENIAT se solicita vía portal fiscal en la opción «Imprenta/Inutilización de Documentos», generalmente motivado por cambio de datos (razón social/domicilio) o deterioro. El proceso genera una cita obligatoria para acudir a la Unidad de Tributos Internos con los talonarios y la constancia impresa.
Pasos y Requisitos Generales
Paso 1. Plazo: La solicitud debe hacerse dentro de los 15 días continuos tras el cambio o evento que obliga a la inutilización.
Paso 2. Solicitud en Línea: Ingrese al Portal Fiscal del SENIAT (Persona Natural o Jurídica) y acceda a la opción Imprentas / Inutilización de Documentos para comenzar a realizar la solicitud de la destrucción.
- Indicar el Número de Registro Único de Información Fiscal (RIF) de la imprenta que elaboró los documentos y seleccionar el tipo de documento cuya destrucción o inutilización se solicita.
- Colocar el rango de los Números de Control de los documentos a destruir o inutilizar, es decir, el número de control inicial y el número de control final. Podrán agregarse tantas facturas y documentos como deban destruirse o inutilizarse.
- Indicar la razón por la cual se solicita la destrucción o inutilización de las facturas y documentos.
- Agendar la cita.
Paso 3. Imprimir Constancia: Es necesario imprimir la constancia que genera el sistema para presentarla el día de la cita.
Paso 4. Cita: Acudir a la oficina del SENIAT con la documentación de la empresa listada a continuación.
- Acta de exposición de motivo (indicando el Nº de facturas que van a ser anuladas desde la (X) hasta (XXX)
- Planilla de la cita asignada.
- Las facturas que se van a anular.
- Copia del registro Mercantil y sus modificaciones.
- Tres (3) últimas declaraciones del IVA.
- Copia del RIF actualizado.
- Timbre fiscal valor 1 U.T.
Paso 5. Acta de Destrucción: Un funcionario levantará un acta para formalizar el acto.