CÁPSULA TRIBUTARIA: Protocolo de destrucción e inutilización de facturas y otros documentos.

El Artículo 40 de la Providencia Administrativa 0071 del SENIAT establece que las facturas y documentos fiscales no utilizados deben ser destruidos previa autorización de la Gerencia Regional de Tributos. Esta disposición aplica especialmente cuando se realiza una migración a un nuevo sistema de emisión de facturas, garantizando el control y transparencia en el manejo de documentos fiscales.

La destrucción debe hacerse bajo supervisión para evitar uso indebido o duplicidad.

La destrucción o inutilización de facturas ante el SENIAT se solicita vía portal fiscal en la opción «Imprenta/Inutilización de Documentos», generalmente motivado por cambio de datos (razón social/domicilio) o deterioro. El proceso genera una cita obligatoria para acudir a la Unidad de Tributos Internos con los talonarios y la constancia impresa.

Pasos y Requisitos Generales

Paso 1. Plazo: La solicitud debe hacerse dentro de los 15 días continuos tras el cambio o evento que obliga a la inutilización.

Paso 2. Solicitud en Línea: Ingrese al Portal Fiscal del SENIAT (Persona Natural o Jurídica) y acceda a la opción Imprentas / Inutilización de Documentos para comenzar a realizar la solicitud de la destrucción.

  1. Indicar el Número de Registro Único de Información Fiscal (RIF) de la imprenta que elaboró los documentos y seleccionar el tipo de documento cuya destrucción o inutilización se solicita.
  2. Colocar el rango de los Números de Control de los documentos a destruir o inutilizar, es decir, el número de control inicial y el número de control final. Podrán agregarse tantas facturas y documentos como deban destruirse o inutilizarse.
  3. Indicar la razón por la cual se solicita la destrucción o inutilización de las facturas y documentos.
  4. Agendar la cita.

Paso 3. Imprimir Constancia: Es necesario imprimir la constancia que genera el sistema para presentarla el día de la cita.

Paso 4. Cita: Acudir a la oficina del SENIAT con la documentación de la empresa listada a continuación.

  1. Acta de exposición de motivo (indicando el Nº de facturas que van a ser anuladas desde la (X) hasta (XXX)
  2. Planilla de la cita asignada.
  3. Las facturas que se van a anular.
  4. Copia del registro Mercantil y sus modificaciones.
  5. Tres (3) últimas declaraciones del IVA.
  6. Copia del RIF actualizado.
  7. Timbre fiscal valor 1 U.T.

Paso 5. Acta de Destrucción: Un funcionario levantará un acta para formalizar el acto. 

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