¿Qué debo hacer después de realizar la declaración definitiva del ISLR?

Autor del artículo: Lic. Isis M. González S.

Usted ha cumplido con el requisito formal de presentar la declaración del Impuesto Sobre La Renta (ISLR) para la empresa en la que labora, para el cliente al cual presta servicios profesionales independientes, o para su propia empresa. Entonces, ¿cuáles son los siguientes pasos a seguir?

PASO 1. Actualizar el ISLR en la Cartelera Fiscal: Los contribuyentes del ISLR deben colocar un comprobante de pago de dicho impuesto, junto con un recibo (con número, fecha y sello) de la declaración del impuesto sobre la renta, correspondiente al año del ejercicio fiscal anterior, en la Cartelera Fiscal del establecimiento u oficina comercial. La redacción de la ley es poco específica del lugar en el cual debe estar colocada la Cartelera Fiscal, pero convenientemente debe estar accesible y a la vista de cualquier funcionario, muy cerca de la entrada al establecimiento comercial, todo esto de acuerdo al punto de vista Artículo 95 de la Ley del Impuesto Sobre La Renta. Esto garantiza que la Administración Tributaria tenga fácil acceso a la información para la verificación del cumplimiento de esta importante obligación.

Es importante destacar que la Cartelera Fiscal debe estar actualizada, no sólo con el Impuesto Sobre La Renta, sino también con otros documentos fundamentales que se detallan a continuación:

  • SENIAT: RIF actualizado, última declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).
  • IVA: Última declaración y pago (aunque algunas interpretaciones sugieren que no es obligatorio exponer datos financieros sensibles).
  • Municipales: Licencia de Actividades Económicas y último recibo de pago, conformidades de bomberos.
  • Laborales/Parafiscales: Última solvencia laboral (MINTRA), registros ante el IVSS, INCES y BANAVIH.

PASO 2. Actualización de los Libros Contables Legales y Libros Fiscales: Junto a la actualización de los Libros Contables Legales (los cuales son exigidos en Venezuela por las disposiciones del Código de Comercio, y deben ser actualizados constantemente), deben ser llevados y actualizados los Libros Fiscales solicitados por el SENIAT para soportar las declaraciones de los impuestos nacionales. Estos últimos están descritos a continuación:

Para el Impuesto al Valor Agregado (IVA):

  • Libro de Ventas.
  • Libro de Compras.

Para el Impuesto Sobre La Renta (ISLR):

  • Libro de Registro de Entradas y Salidas de Mercancías de Inventarios.
  • Libro de Ajuste por Inflación.

Importante recordar: llevar y mantener actualizados constantemente estos libros fiscales es OBLIGATORIO, y los mismos pueden ser exigidos en cualquier momento por parte de los funcionarios del SENIAT, para la verificación durante una fiscalización en sitio, o para ser presentados por los sujetos pasivos ante sus oficinas regionales.

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